UNA SENTENCIA DA LA RAZÓN AL COLEGIO OFICIAL DE FISIOTERAPEUTAS DE CANARIAS EN UN CASO DE INTRUSISMO PROFESIONAL

Un fallo de la Sala de lo Penal de Santa Cruz de Tenerife responde a una denuncia presentada por el COFC contra un individuo que ejercía la fisioterapia sin titulación

Una sentencia del Juzgado de lo Penal de Santa Cruz de Tenerife ha dado la razón al Colegio Oficial de Fisioterapeutas (COFC) en un caso de intrusismo profesional cometido por un individuo que ejercía la fisioterapia sin tener título oficial, ni estar colegiado.

El COFC formalizó distintas denuncias ante varios organismos públicos con el objeto de solicitar el cierre de la actividad que venía realizando el acusado. Se tramitó la denuncia vía judicial con el objeto, según el COFC, de que se actuara contra este individuo, dado que atentaba contra la salud de las personas. El condenado ejercía esta actividad fraudulenta en una consunta abierta a la calle, en la localidad del sur de Tenerife de Valle de San Lorenzo, por lo que fue denunciado previamente por el COFC ante varios estamentos competentes como son el Servicio Canario de Salud y el Ayuntamiento en cuestión.

La sentencia, por la que se condena al acusado a seis meses de prisión “como autor responsable criminalmente de un delito de intrusismo y de falsedad documental”, es para el COFC ejemplarizante para quienes piensen que pueden ejercer la fisioterapia sin tener la titulación exigida para ello. “Es una demostración de que el intrusismo profesional no queda impune”, añade el COFC.

El fallo judicial, que además supone un respaldo a la lucha que lleva a cabo el COFC contra el intrusismo profesional, demuestra que la función de los colegios profesionales es muy necesaria para garantizar la seguridad de la población. 

Esta resolución ha sido posible tras muchos años de trabajo y seguimiento de este caso por parte de varias Juntas de Gobierno del COFC ya que se ha dilatado mucho en el tiempo debido a la saturación del Juzgado de Arona al cual fue asignado el caso por corresponderle por situación geográfica de la consulta denunciada.